# Ley de dominios de Panamá: qué se aplica a tu dominio

> La ley panameña de dominios en una página: Constitución arts. 29, 42, 44, Ley 81 de 2019, exequátur, Ley 478 de 2025, tratados. Qué significa para un dominio cripto, sin KYC.

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- Última actualización: 2026-10-19
- Editor: PanamaRegistrar (https://panamaregistrar.com)

Todos los textos panameños que afectan a un dominio registrado con nosotros, artículo por artículo, con su fuente oficial y su fecha. Después, qué significa para ti y dónde termina.

**Respuesta rápida — ¿Qué es la ley panameña de dominios, para un dominio de PanamaRegistrar?**

La ley panameña de dominios, para un dominio de **PanamaRegistrar**, tiene cuatro capas: la Constitución (artículos 29, 42 y 44), la Ley 81 de 2019 de datos personales, el exequátur de sentencias extranjeras según la Ley 61 de 2015 y la Ley 478 de 2025 sobre ciberdelincuencia. A octubre de 2026, ninguna ley panameña establece un procedimiento privado de notificación y retirada para dominios o sitios web.

## La ley panameña de dominios de un vistazo

| Atributo | Valor |
| --- | --- |
| Operador | DomaineGoat LLC, una empresa constituida en Panama; dominios registrados a través de un registrador asociado acreditado por ICANN |
| Privacidad de las comunicaciones | Constitución art. 29: interceptación solo por orden de una autoridad judicial |
| Datos personales | Ley 81 de 2019, en vigor desde el 29 de marzo de 2021, supervisada por ANTAI; solicitudes masivas nunca admitidas (art. 24) |
| Sentencias extranjeras | Solo vinculan tras el exequátur de la Sala Cuarta de la Corte Suprema (Ley 61 de 2015, arts. 155–157) |
| Notificación y retirada | Ninguna encontrada en la Ley 64 de 2012 de derechos de autor; los intermediarios solo responden tras el conocimiento efectivo (Ley 51 de 2008, arts. 87–91) |
| Ciberdelincuencia | Ley 478 del 4 de agosto de 2025: Código Penal arts. 184–185 y 289-A a 292-A; procedimiento arts. 338-A a 338-D |
| Retención de datos de telecomunicaciones | Ley 51 de 2009: seis meses, para operadores de telecomunicaciones; no se menciona a los registradores |
| Tratados | Convenio de Budapest (Panamá: 1 de julio de 2014), MLAT EE. UU.–Panamá (6 de septiembre de 1995), cartas rogatorias de la OEA (B-36) |

## ¿Qué ley se aplica a un nombre de dominio registrado con PanamaRegistrar?

Se aplican varios conjuntos de normas a la vez, y cada uno cubre una copia distinta del registro.

- **La ley panameña nos rige.** DomaineGoat LLC es una empresa constituida en Panama. Nuestras normas panameñas rigen lo que DomaineGoat LLC hace con tu cuenta, los datos que conserva y las reclamaciones que recibe, y los tribunales panameños deciden qué debemos hacer.
- **La ley del registro rige la copia del registro.** Verisign, que gestiona .com y .net, está en Estados Unidos. DENIC, que gestiona .de, está en Alemania.
- **Los contratos de la ICANN obligan a todo registrador acreditado** para dominios genéricos, esté donde esté. Nuestros dominios se registran a través de nuestro registrador asociado acreditado por la ICANN, que figura en el registro RDAP, el cual mantiene sus propias obligaciones legales y responde ante los tribunales de su propio país.

Esta página cubre la primera capa. Cada texto se cita desde su fuente oficial, con números de artículo, para que puedas comprobarlo tú mismo. La política que se deriva cabe en una línea: actuamos ante órdenes de tribunales panameños, no ante denuncias sin verificar.

## ¿Qué dice la Constitución de Panamá sobre los datos privados?

Protege los documentos y las comunicaciones privadas, y solo una autoridad puede levantar esa protección. Tres artículos importan al titular de un dominio. El texto utilizado es la Constitución consolidada en la Gaceta Oficial n.º 25176 (noviembre de 2004).

- **Artículo 29.** La correspondencia y los documentos privados solo pueden ser examinados o retenidos por orden de una autoridad competente, para fines específicos. Las comunicaciones privadas solo pueden ser interceptadas o grabadas por orden de una autoridad judicial. Las pruebas obtenidas en contravención de este artículo no pueden usarse.
- **Artículo 42.** Toda persona puede acceder, rectificar, proteger y eliminar sus datos personales. Dichos datos solo pueden recogerse para fines específicos, con el consentimiento del titular o por orden de una autoridad competente.
- **Artículo 44.** La acción de habeas data permite pedir a un tribunal que corrija, actualice, elimine o mantenga confidenciales sus datos. Alcanza a los registros privados de empresas que prestan servicios al público.

El artículo 43 se cita a veces sobre este tema. Se refiere al acceso a información pública, no a datos personales. La Asamblea Nacional ha advertido de que el texto consolidado de 2004 puede diferir en algunos puntos del texto adoptado. Un abogado revisa las leyes de reforma antes de citarlo en juicio.

## ¿Cómo protege la Ley 81 de 2019 los datos del titular de un dominio?

La Ley 81 del 26 de marzo de 2019 es la ley panameña de protección de datos personales y rige los registros que mantiene un registrador. Se publicó en la Gaceta Oficial n.º 28743-A el 29 de marzo de 2019. El artículo 47 fijó su entrada en vigor dos años después de la promulgación: **29 de marzo de 2021**. El Decreto Ejecutivo 285 del 28 de mayo de 2021 la reglamenta.

El regulador es la **Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI)**. Recibe denuncias (art. 18), resuelve sobre datos inexactos (art. 17), lleva el registro de transferencias (art. 31) e impone sanciones (art. 36).

Cuatro artículos deciden cuándo pueden salir datos de un responsable como nosotros:

1. **Artículo 11** permite usar datos para un fin nuevo sin consentimiento cuando una entidad pública lo requiere para sus funciones legales, o por orden judicial.
2. **Artículo 24** obliga a los responsables a entregar a las autoridades judiciales competentes la información debidamente solicitada. Añade que nunca se admiten solicitudes masivas: "no admitiéndose en ningún caso solicitudes masivas".
3. **Artículo 33** enumera las transferencias lícitas: las previstas por ley o tratado (n.º 3), las necesarias para la administración de justicia (n.º 7) y las realizadas en cooperación judicial internacional (n.º 8).
4. **Artículo 3(2)** deja fuera de la Ley el tratamiento por autoridades para la investigación y el enjuiciamiento de delitos.

Nuestra lectura: el artículo 11 permite una divulgación; no obliga por sí mismo a hacerla. Nuestra política sigue la vía más restrictiva del artículo 24 y de las órdenes panameñas vinculantes. Una solicitud de una lista de clientes se rechaza, venga de quien venga.

## ¿Puede ejecutarse una orden de un tribunal extranjero contra un registrador panameño?

Solo después de que un tribunal panameño la haya reconocido, mediante el procedimiento llamado **exequatur**. Las normas están en la Ley 61 del 7 de octubre de 2015, Código de Derecho Internacional Privado de Panamá (Gaceta Oficial n.º 27885-A, 8 de octubre de 2015). Entró en vigor el día siguiente a su promulgación (art. 163).

- **Artículo 155.** Una sentencia extranjera firme tiene la fuerza que le den los tratados. Sin tratado, puede ejecutarse salvo que se demuestre que el otro Estado no ejecuta las sentencias panameñas.
- **Artículo 156.** Cuatro condiciones. El tribunal extranjero era competente y no invadió la jurisdicción exclusiva panameña. El demandado fue notificado personalmente y pudo defenderse. La sentencia respeta los principios fundamentales del orden público panameño. La copia es auténtica y está traducida al español. La sentencia también debe ser firme.
- **Artículo 157.** La solicitud va a la **Sala Cuarta de Negocios Generales** de la Corte Suprema. La Corte da cinco días a la parte vinculada por la sentencia y al Procurador General de la Nación. Puede ordenar medidas de protección.

La segunda condición importa en los casos de dominios. Muchas sentencias extranjeras sobre dominios se dictan en rebeldía, contra un titular que nunca fue notificado personalmente. Según el texto del artículo 156, esa sentencia no cumple esa condición. El procedimiento, paso a paso, está en la página de [órdenes judiciales](https://panamaregistrar.com/es/court-orders/).

## ¿Tiene Panamá una ley de notificación y retirada como la DMCA?

No: no encontramos ningún procedimiento legal de notificación y retirada en la ley de derechos de autor de Panamá. La Ley 64 del 10 de octubre de 2012 sobre derechos de autor y derechos conexos (Gaceta Oficial n.º 27139-B) no tiene ninguna disposición sobre intermediarios de internet ni contra-notificación. Otorga a los titulares de derechos recursos judiciales y medidas cautelares (arts. 175–178), ordenadas por un juez a petición de ellos. Su artículo 200 fija una fecha de entrada en vigor del 1 de octubre de 2012, nueve días antes de la fecha de la propia ley; lo reproducimos tal como está escrito.

El Tratado de Promoción Comercial entre Estados Unidos y Panamá, en vigor desde el 31 de octubre de 2012, pide a cada parte ese régimen (art. 15.11.27). También permitió a Panamá aplazar ese artículo hasta tres años (art. 15.13.2(m)). No encontramos ninguna ley panameña posterior que cree un procedimiento privado de notificación y retirada. Nuestra búsqueda no demuestra que no exista.

La ley panameña sí contiene una regla de responsabilidad de intermediarios basada en el **conocimiento efectivo**: Ley 51 del 22 de julio de 2008 sobre documentos y comercio electrónico (Gaceta Oficial n.º 26090), artículos 87 a 91.

- **Art. 87.** Una vez que una autoridad competente ha ordenado interrumpir un servicio o retirar contenido, puede ordenar a un intermediario suspender la transmisión, el alojamiento o el acceso a la red. La solicitud se presenta, motivada, a través de la Dirección General de Comercio Electrónico.
- **Arts. 88 y 89.** Meras transmisión y caché.
- **Art. 90.** Un proveedor de alojamiento no es responsable sin conocimiento efectivo ("conocimiento efectivo") de que la actividad o los datos almacenados son ilícitos. El conocimiento existe cuando una autoridad competente ha declarado ilícitos los datos, ha ordenado su retirada y el proveedor conoce esa decisión.
- **Art. 91.** Enlaces y herramientas de búsqueda, con el mismo modelo.

La Ley 82 del 9 de noviembre de 2012 modificó muchos artículos de la Ley 51 de 2008, pero no los artículos 84 a 91. Una carta privada no es una declaración de una autoridad competente. Ese es el fundamento legal de nuestra regla: las denuncias por derechos de autor, difamación, política y de competidores necesitan una decisión de un tribunal panameño.

## ¿Qué cambió la Ley 478 de 2025 para los registradores?

La Ley 478 del 4 de agosto de 2025 reescribió las normas panameñas sobre ciberdelincuencia y dio a los fiscales nuevas facultades sobre datos. Se publicó en la Gaceta Oficial n.º 30337 el 5 de agosto de 2025 y entró en vigor con su promulgación (art. 33). Modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal (CPP) y la Ley 11 de 2015 sobre asistencia jurídica internacional en materia penal.

**Código Penal.** El artículo 184 castiga la producción o distribución de material de abuso sexual infantil. El artículo 185 castiga su posesión con cinco a diez años de prisión, más cuando se usan sistemas informáticos. El artículo 184-A cubre el grooming. Los delitos informáticos incluyen la suplantación de identidad con datos informáticos (289-A, cinco a diez años) y la interceptación ilegal (289-B). También cubren la interferencia de datos y sistemas (290, 290-A) y el uso indebido de dispositivos (292-A, que exime el trabajo legítimo de seguridad). El artículo 291 agrava los ataques contra organismos públicos, bancos, hospitales e infraestructuras críticas.

**Código Procesal Penal.** Nuevas herramientas para el Ministerio Público:

- **Art. 314-A**: registro y confiscación de datos almacenados, incluida la posibilidad de hacerlos inaccesibles.
- **Art. 338-A**: conservación acelerada de datos hasta 90 días, renovable; el custodio debe mantener la orden en confidencialidad.
- **Art. 338-B**: conservación y divulgación parcial de datos de tráfico.
- **Art. 338-C**: orden de entrega. El Ministerio Público puede ordenar a una persona o empresa que entregue datos informáticos en su posesión o control, incluidos datos de suscriptores.
- **Art. 338-D**: recogida en tiempo real, conforme al art. 311 del CPP.

El artículo 1(3) define "proveedor de servicios" de forma amplia: toda entidad que permita a los usuarios comunicarse a través de un sistema informático, o que procese o almacene datos por ellos. Un registrador que opera desde Panamá probablemente queda cubierto. Esa es nuestra interpretación; la ley no menciona a los registradores.

Por eso nuestra regla de divulgación dice: Solo revelamos los datos que tenemos cuando la ley panameña lo exige (una orden judicial o de la fiscalía panameña), o en un caso UDRP. Una orden del Ministerio Público conforme al artículo 338-A o 338-C es una orden de ese tipo de fiscal. La verificamos igual que una orden judicial, avisamos al cliente salvo que la orden lo prohíba, y contamos estas órdenes por separado en el [informe de transparencia](https://panamaregistrar.com/es/transparency/).

## ¿Se aplica la ley de retención de datos de Panamá a los registradores de dominios?

No en sus propios términos: la Ley 51 del 18 de septiembre de 2009 menciona a los operadores de telecomunicaciones, no a los registradores. El artículo 1 enumera concesionarios, distribuidores, agentes y revendedores de telefonía móvil, fija y troncal, cibercafés, "infoplazas" y redes de comunicación que sirven a Panamá. Los registradores de dominios no aparecen en la lista.

Para las empresas que sí cubre, la ley fija seis meses de retención, que una autoridad judicial puede ampliar por otros seis (art. 6). Los datos van al Ministerio Público o a una autoridad judicial para investigaciones penales (art. 11). El Ministerio Público lo solicita mediante resolución motivada, sujeta a control judicial posterior (art. 12), con respuestas en 5 o 15 días hábiles (art. 13). El artículo 7 prohíbe la interceptación de contenido. La ley se publicó en la Gaceta Oficial n.º 26374 el 23 de septiembre de 2009. No comprobamos si alguna sentencia constitucional ha afectado al artículo 12 desde entonces.

## ¿Qué tratados permiten a las autoridades extranjeras llegar a un registrador en Panamá?

Cuatro instrumentos canalizan solicitudes extranjeras hacia Panamá, y en cada uno una autoridad panameña da el paso final.

- **Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia (STE 185).** Panamá depositó su adhesión el 5 de marzo de 2014, con efecto el **1 de julio de 2014** (Serie de Tratados de la ONU, vol. 2993). Desde la Ley 478, la Ley 11 de 2015 también prevé la conservación acelerada ante solicitudes extranjeras y un punto de contacto 24/7 designado por el Procurador General.
- **Tratado de Asistencia Jurídica Mutua con Estados Unidos.** Firmado en Panamá el **11 de abril de 1991**, aprobado por la Ley 20 de Panamá del 22 de julio de 1991, en vigor desde el **6 de septiembre de 1995**.
- **Convención Interamericana sobre Cartas Rogatorias (OEA B-36).** Adoptada en Ciudad de Panamá el 30 de enero de 1975. Panamá la ratificó el 11 de noviembre de 1975 y la depositó el 17 de diciembre de 1975.
- **Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal (OEA A-55).** Panamá la firmó el 23 de mayo de 1992 y la aprobó por la Ley 52 del 17 de octubre de 2001. Su reserva excluye los hechos que no son delitos en Panamá. Su fecha de depósito no está confirmada.

Las sentencias civiles siguen su propio camino: el exequatur ante la Sala Cuarta, arriba. La guía práctica para policías y fiscales está en la página de [aplicación de la ley](https://panamaregistrar.com/es/law-enforcement/).

## Cronología: los textos panameños detrás de nuestro procedimiento

*Las fechas corresponden a los textos oficiales citados en las fuentes a continuación, verificados el 19 de octubre de 2026.*

| Fecha | Texto | Qué supone para un dominio |
| --- | --- | --- |
| 30 ene 1975 | Convención Interamericana sobre Cartas Rogatorias (B-36); Panamá la ratificó el 11 nov 1975 | Traslada solicitudes de tribunales extranjeros a los tribunales panameños |
| 11 abr 1991 | MLAT EE. UU.–Panamá firmado; aprobado por la Ley 20 del 22 de julio de 1991; en vigor el 6 sep 1995 | Vía para solicitudes penales de EE. UU. |
| nov 2004 | Constitución, texto consolidado (Gaceta Oficial 25176) | Art. 29 comunicaciones, art. 42 derechos sobre datos, art. 44 habeas data |
| 22 jul 2008 | Ley 51 de 2008, comercio electrónico (Gaceta Oficial 26090) | Arts. 87–91: sin responsabilidad de intermediarios sin conocimiento efectivo |
| 18 sep 2009 | Ley 51 de 2009, retención de telecomunicaciones (Gaceta Oficial 26374) | Seis meses de retención para operadores de telecomunicaciones, no para registradores |
| 10 oct 2012 | Ley 64 de 2012, derechos de autor (Gaceta Oficial 27139-B) | Recursos judiciales; no se encontró un procedimiento de notificación y retirada |
| 31 oct 2012 | Acuerdo de Promoción Comercial EE. UU.–Panamá en vigor | El art. 15.11.27 exige un régimen de retirada; se permite un retraso de hasta 3 años |
| 9 nov 2012 | Ley 82 de 2012 (Gaceta Oficial 27160) | Modifica la Ley 51 de 2008 y deja intactos los arts. 84–91 |
| 1 jul 2014 | El Convenio de Budapest entra en vigor para Panamá | Conservación y cooperación entre autoridades contra la ciberdelincuencia |
| 7 oct 2015 | Ley 61 de 2015, derecho internacional privado (Gaceta Oficial 27885-A) | Arts. 155–157: exequátur ante la Sala Cuarta |
| 26 mar 2019 | Ley 81 de 2019, datos personales (Gaceta Oficial 28743-A) | En vigor desde el 29 mar 2021; el art. 24 prohíbe las solicitudes masivas |
| 28 may 2021 | Decreto Ejecutivo 285 de 2021 (Gaceta Oficial 29296-A) | Reglamenta la Ley 81 de 2019 |
| 4 ago 2025 | Ley 478 de 2025, ciberdelincuencia (Gaceta Oficial 30337) | Código Penal 184–185, 289-A a 292-A; CPP 338-A a 338-D |

## ¿Qué significa la ley panameña para ti como titular de un nombre de dominio?

De los textos anteriores se derivan cinco reglas prácticas.

1. **Una reclamación no es una orden.** Una carta de un abogado, una marca o una agencia extranjera no genera conocimiento efectivo según la Ley 51 de 2008. Te la reenviamos, y el nombre de dominio sigue activo salvo que se aplique una excepción estricta.
2. **Las excepciones estrictas no esperan a un tribunal.** El phishing, el malware, las botnets, el material de abuso sexual infantil y el fraude que quita dinero a las víctimas se suspenden con un informe bien documentado. La mayoría de estos también son delitos según los artículos 184–185 y 289-A a 292-A del Código Penal.
3. **Tus datos necesitan un proceso panameño.** Solo revelamos los datos que tenemos cuando la ley panameña lo exige (una orden judicial o de la fiscalía panameña), o en un caso UDRP; consulta [divulgación de datos](https://panamaregistrar.com/es/data-disclosure/).
4. **Las sentencias extranjeras necesitan exequátur.** Hasta que la Sala Cuarta reconozca una, no nos obliga.
5. **Tú también tienes derechos frente a nosotros.** Los artículos 42 y 44 de la Constitución y la Ley 81 de 2019 te permiten acceder, corregir y suprimir tus datos, mediante una queja ante la ANTAI o una acción de habeas data.

El procedimiento completo, con plazos, está en la página del [procedimiento de retirada](https://panamaregistrar.com/es/takedown-procedure/). Los precios de cada extensión, con o sin [Protección de dominio](https://panamaregistrar.com/es/domain-protection/), están en la [lista de precios](https://panamaregistrar.com/es/pricing/).

## ¿Qué no cubre la ley panameña?

La ley panameña nos vincula a nosotros; no vincula al registro, a nuestro registrador asociado, a ICANN ni a tu proveedor de hosting. De ahí se desprenden tres límites.

- **El registro aplica su propia ley.** Cada registro guarda su propia copia del registro y un tribunal del país del registro puede ordenárselo directamente, sin ningún trámite panameño. Verisign (.com, .net) está en Estados Unidos y DENIC (.de) en Alemania. Todas las extensiones que vendemos figuran en el [índice de jurisdicciones de registros](https://panamaregistrar.com/es/registry-jurisdiction/).
- **Las obligaciones de ICANN se aplican a través de nuestro registrador acreditado asociado.** Este deposita los datos de registro de los dominios genéricos ante un agente de escrow, ICANN puede auditarlos y las disputas de marcas se rigen por la [UDRP y URS](https://panamaregistrar.com/es/udrp-and-urs/).
- **El hosting es asunto de otro.** Nosotros registramos nombres; tu sitio web y su contenido están con un proveedor de hosting, bajo la ley del país de ese proveedor.

Esta página no trata de los dominios .pa. La extensión .pa la gestiona la Universidad Tecnológica de Panamá, según la base de datos raíz de IANA, y no la vendemos. Para los casos transfronterizos, lee [¿puede un tribunal extranjero embargar mi dominio?](https://panamaregistrar.com/es/guides/can-a-foreign-court-seize-my-domain/).

## Preguntas sobre la ley panameña y los dominios

### ¿Es legal registrar un dominio a través de un registrador panameño?

Registrar un dominio con un registrador en Panamá es un contrato ordinario bajo la ley panameña. Que un uso concreto del dominio sea lícito depende de lo que hagas con él y de la ley de donde estén tú y tus lectores. Panamá no convierte en lícita una actividad ilícita. La guía [¿es legal el registro de dominios offshore?](https://panamaregistrar.com/es/guides/is-offshore-domain-registration-legal/) trata la cuestión en detalle.

### ¿Exige la ley panameña que un registrador verifique mi identidad?

Ninguno de los textos panameños de esta página exige a un registrador recoger un documento de identidad, y PanamaRegistrar no pide ninguno. Las normas de ICANN sí exigen un correo electrónico verificado por dominio, comprobado en un plazo de 15 días desde el registro; es el único dato de contacto que recogemos. Mantenemos privada esa única dirección. Consulta [registro de dominios sin KYC](https://panamaregistrar.com/es/no-kyc-domain-registration/) para saber qué implica la cuenta.

### ¿Puede el Ministerio Público obtener mis datos sin un juez?

Sí, dentro de ciertos límites: la Ley 478 de 2025 permite al Ministerio Público ordenar la conservación (art. 338-A del CPP) o la entrega (art. 338-C) de datos informáticos. Esa orden nos vincula bajo la ley panameña y está sujeta a las normas legales panameñas. La revisamos como una orden judicial, te avisamos salvo que lo prohíba y la contabilizamos por separado en el informe de transparencia.

### ¿Vincula a un registrador panameño una notificación DMCA?

La DMCA es una ley de Estados Unidos, y no encontramos un procedimiento equivalente de notificación y retirada en la Ley 64 de 2012 de derechos de autor de Panamá. Según la Ley 51 de 2008, un intermediario solo adquiere conocimiento efectivo cuando una autoridad competente declara ilícito un contenido. Reenviamos la notificación DMCA al titular y no actuamos sobre el dominio. Detalles: [notificaciones DMCA](https://panamaregistrar.com/es/dmca-notices/).

### ¿Quién decide si una sentencia extranjera se aplica en Panamá?

La Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia decide, conforme al artículo 157 de la Ley 61 de 2015. Oye a la parte vinculada por la sentencia y al Procurador General de la Nación, quienes disponen de cinco días cada uno. La sentencia debe cumplir las cuatro condiciones del artículo 156 y ser definitiva.

### ¿Existe alguna ley panameña que permita a un ministerio bloquear un nombre de dominio?

No encontramos ninguna a octubre de 2026: no se identificó ninguna ley panameña de 2025–2026 sobre nombres de dominio ni sobre retiradas administrativas de sitios web. La Ley 51 de 2008, artículo 87, permite a una autoridad competente que ya haya ordenado retirar contenido pedir a los intermediarios que suspendan el acceso, a través de la Dirección General de Comercio Electrónico.

### ¿Qué autoridad supervisa los datos personales en Panamá?

ANTAI, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, supervisa la Ley 81 de 2019. Atiende las reclamaciones de los titulares de los datos (art. 18), resuelve sobre datos inexactos (art. 17), lleva el registro de transferencias (art. 31) e impone sanciones (art. 36). La Ley está en vigor desde el 29 de marzo de 2021.

### ¿Me protege la ley panameña mi nombre de dominio frente a un registro en el extranjero?

No. El registro de cada extensión conserva su propia copia del registro y responde ante los tribunales de su propio país. Un tribunal de Estados Unidos puede ordenar a Verisign algo sobre un .com sin pasar por Panamá. Elegir una extensión cuyo registro esté en un país con el que te sientas cómodo importa tanto como elegir el registrador. Los registros de .com y .net son delgados y no guardan datos de contacto del titular.

## Fuentes oficiales

1. [Constitución Política de la República de Panamá, Texto Único (arts. 29, 42–44)](https://www.gacetaoficial.gob.pa/gacetas/25176_2004.pdf) — Gaceta Oficial No. 25176 (Noviembre de 2004, revisado el 2026-10-19)
2. [Ley 81 de 26 de marzo de 2019, sobre protección de datos personales (arts. 3, 6, 11, 17, 18, 24, 31, 33, 36, 47)](https://www.superbancos.gob.pa/documentos/sac/leyes/ley_2019_645_3008.pdf) — Gaceta Oficial No. 28743-A (Legispan copy, Superintendencia de Bancos) (29 de marzo de 2019, revisado el 2026-10-19)
3. [Decreto Ejecutivo No. 285 de 28 de mayo de 2021, que reglamenta la Ley 81 de 2019](https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29296_A/GacetaNo_29296a_20210528.pdf) — Gaceta Oficial No. 29296-A (28 de mayo de 2021, revisado el 2026-10-19)
4. [Ley 61 de 7 de octubre de 2015, Código de Derecho Internacional Privado (arts. 155–157, 163)](https://s3-legispan.asamblea.gob.pa/legispan/NORMAS/2010/2015/LEY/Administrador%20Legispan_27885-A_2015_10_8_ASAMBLEA%20NACIONAL_61.pdf) — Asamblea Nacional (Legispan), Gaceta Oficial No. 27885-A (8 de octubre de 2015, revisado el 2026-10-19)
5. [Ley 64 de 10 de octubre de 2012, sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (arts. 175–178, 200)](https://s3-legispan.asamblea.gob.pa/legispan/NORMAS/2010/2012/LEY/Administrador%20Legispan_27139-B_2012_10_10_ASAMBLEA%20NACIONAL_64.pdf) — Asamblea Nacional (Legispan), Gaceta Oficial No. 27139-B (10 de octubre de 2012, revisado el 2026-10-19)
6. [Acuerdo de Promoción Comercial Estados Unidos–Panamá, Capítulo 15 (arts. 15.11.27, 15.13.2)](https://ustr.gov/archive/assets/Trade_Agreements/Bilateral/Panama_FTA/Final_Text/asset_upload_file131_10350.pdf) — Office of the United States Trade Representative (firmado el 28 de junio de 2007, en vigor el 31 de octubre de 2012, revisado el 2026-10-19)
7. [Ley 51 de 22 de julio de 2008, documentos y firmas electrónicas y comercio electrónico (arts. 84–91)](https://ministeriopublico.gob.pa/wp-content/uploads/2016/06/Ley_No_51.pdf) — Gaceta Oficial No. 26090 (Legispan copy, Ministerio Público) (24 de julio de 2008, revisado el 2026-10-19)
8. [Ley 82 de 9 de noviembre de 2012 (art. 62, artículos de la Ley 51 de 2008 modificados)](https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/27160/GacetaNo_27160_20121109.pdf) — Gaceta Oficial No. 27160 (9 de noviembre de 2012, revisado el 2026-10-19)
9. [Ley 51 de 18 de septiembre de 2009, conservación de datos de usuarios de telecomunicaciones (arts. 1, 6, 7, 11–13, 21)](https://s3-legispan.asamblea.gob.pa/legispan/NORMAS/2000/2009/LEY/Administrador%20Legispan_26374_2009_9_23_ASAMBLEA%20NACIONAL_51.pdf) — Asamblea Nacional (Legispan), Gaceta Oficial No. 26374 (23 de septiembre de 2009, revisado el 2026-10-19)
10. [Ley 478 de 4 de agosto de 2025, medidas contra la ciberdelincuencia (Código Penal, Código Procesal Penal, Ley 11 de 2015)](https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/30337/GacetaNo_30337_20250805.pdf) — Gaceta Oficial No. 30337 (5 de agosto de 2025, revisado el 2026-10-19)
11. [Convenio sobre la Ciberdelincuencia, adhesión de Panamá (UNTS vol. 2993, A-40916)](https://treaties.un.org/doc/Publication/UNTS/Volume%202993/volume-2993-A-40916.pdf) — United Nations Treaty Series (registrado el 24 de junio de 2014, revisado el 2026-10-19)
12. [Panamá (95-906) – Tratado de Asistencia Jurídica Mutua](https://2021-2025.state.gov/panama-95-906-mutual-legal-assistance-treaty) — US Department of State (firmado el 11 de abril de 1991, en vigor el 6 de septiembre de 1995, revisado el 2026-10-19)
13. [Senate Executive Report 104-3, Treaty with Panama on Mutual Assistance in Criminal Matters](https://www.congress.gov/104/crpt/erpt3/CRPT-104erpt3.pdf) — US Congress (5 de mayo de 1995, revisado el 2026-10-19)
14. [Panamá: presentación sobre responsabilidad penal (Ley 20 de 1991, Ley 52 de 2001)](https://www.un.org/en/ga/sixth/gov_comments/pdfs/criminal_accountability/2012/english/panama.pdf) — United Nations, Sixth Committee (2012, revisado el 2026-10-19)
15. [Convención Interamericana sobre Cartas Rogatorias (B-36), tabla de situación](https://www.justice.gov/civil/common/oija/documents/service/Inter-American%20Convention%20Declarations.pdf) — US Department of Justice, Office of International Judicial Assistance (2008, revisado el 2026-10-19)
16. [registro de delegación del dominio .pa](https://www.iana.org/domains/root/db/pa.html) — IANA Root Zone Database (actualizado 2026-09-29, verificado 2026-10-19)

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